MIEDO GRAVE, EXCLUYENTE DE.
Para que exista la excluyente de responsabilidad que consiste en el miedo grave, éste debe estar fundado, ser irresistible, provenir de un mal inminente, también grave, y su característica consiste en su intensidad y en que es rápido y transitorio, de modo que si el delito se cometió después de varios días del en que ocurrieron los hechos que infundieron temor al delincuente, la excluyente no puede considerarse que existe.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/305331-72b35ef0/miedo-grave-excluyente-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 386/45. Hernández Juan y coag. 22 de junio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- MIEDO GRAVE, EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD PENAL. (s/clave)
- MIEDO GRAVE. (s/clave)
- MIEDO GRAVE, EXCLUYENTE DE. (s/clave)
- MIEDO GRAVE, EXCLUYENTE DE. (s/clave)
- MIEDO GRAVE COMO EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD CRIMINAL. EXISTENCIA DEL. (s/clave)
- MIEDO O TEMOR, EXCLUYENTE POR. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis