LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA, CONTIENDA DE OBRA EN.
La contienda de obra normalmente existe tanto en las peleas comunes como en la eximente de legítima defensa, y ambas situaciones, las más de las veces, no pueden distinguirse por su aspecto objetivo, sino por el subjetivo; porque, mientras en la riñas, ambos protagonistas obran con ánimo lesivo del derecho, en la exculpante uno actúa así y el otro no, sino en simple repulsa del ataque.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/293907-a81a1c9e/legitima-defensa-y-rina-contienda-de-obra-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6722/ 55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de marzo de 1956. Cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
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