PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
Si la responsable, para individualizar la pena, indicó los requisitos que exigen los artículos correspondientes del Código Penal aplicable, pero no hizo un examen de los mismos, en relación con el acusado, y además, no señala la penalidad que estima justa y legal para cada una de las infracciones de las que aparece responsable, procede concederle al quejoso la protección que solicita para el solo efecto de que el Tribunal sentenciador dicte nueva sentencia, en la cual el arbitrio que la ley le concede, mediante el examen de las circunstancias a que se refieren los artículos relativos del Código Penal.-
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294174-c3f3e438/pena-individualizacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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