PARTICIPACION DELICTUOSA (LEGISLACION DE COAHUILA).
Si el reo fue la persona que presentó a uno de los agentes del delito con los demás, para llevar a término la realización de la conducta criminosa, ello hace evidente la cooperación prestada a quienes integraron la codelincuencia; siendo incuestionable que aportó una condición del resultado habido, y es de explorado derecho que la coacusación del resultado constituye el fundamento de la responsabilidad jurídica penal en los términos del artículo 10 del Código Penal aplicable y, por lo tanto, tal comportamiento le es reprochable a título de culpabilidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294638-9e334a27/participacion-delictuosa-legislacion-de-coahuila · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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