DROGAS ENERVANTES.
El delito contra la salud es de los que, en el derecho material, está considerado como de peligro y no de resultado, de manera que la simple posesión del enervante agota el tipo delictivo, sin que sea necesario el resultado ulterior.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294718-6cf48299/drogas-enervantes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4659/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 4 de febrero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
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