DROGAS ENERVANTES (DELITO CONTRA LA SALUD).
Tratándose de un delito de peligro, en el que es relevante el resultado último, bien sabido es que la simple posesión del enervante agota el tipo delictivo, habida cuenta de que el hecho de poner en peligro o de lesionar intereses protegidos por el Derecho, puede afectar no sólo intereses individuales, sino sociales; tal y como ocurre en el caso en que la posesión y tráfico de dicha droga implica potencialmente la posibilidad de que se produzca un daño para la salud privada o pública.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295039-e9b6ace7/drogas-enervantes-delito-contra-la-salud · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3339/54. Por acuerdo de la Primera Sala de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 6 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Teófilo Olea y Leyva.
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