DROGAS ENERVANTES.-
El delito contra la salud es de los que, en el derecho material, está considerado como de peligro y no de resultado, de manera que la simple posesión del enervante agota el tipo delictivo, sin que sea necesario el resultado ulterior.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/906102-992ed23a/drogas-enervantes-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5931/54.-Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente.-4 de febrero de 1955.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Luis Chico Goerne.-Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo CXXIII, página 735, Primera Sala.
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