PRUEBAS EN MATERIA PENAL, FALTA DE APRECIACION DE LAS.
Si en la ejecutoria que se objeta se hace alusión al hecho a que se refiere una certificación notarial, pero sin perjuicio de la facultad del Juez natural para la debida apreciación de las pruebas, no aparece que se hubiera hecho esa apreciación, tal omisión es violatoria de las garantías individuales, por lo que debe concederse el amparo al quejoso, para el efecto de que la responsable dicte nueva resolución en la que valore, con el arbitrio judicial que la ley le concede, dicha prueba instrumental.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294963-26259d7f/pruebas-en-materia-penal-falta-de-apreciacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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