PRUEBAS, RECEPCION DE LAS, EN MATERIA PENAL.
Si bien es cierto que las pruebas deben recibirse dentro del término que fija la ley, también lo es que si por causas no imputables al interesado, no pueden desahogarse dentro del mismo término, y así lo reconoce el juzgador, para quien nunca concluye el término de prueba, es injusto que rechace la prueba ofrecida en tiempo y que no pudo desahogarse dentro del término legal alegando que éste había concluido, provocando con ello la indefensión del reo, por lo que debe concederse la protección federal para que, subsanando el error en que incurrió la autoridad responsable, se reponga el procedimiento, mandando desahogar la prueba omitida, que se ofreció oportunamente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/308741-b762c6c0/pruebas-recepcion-de-las-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRUEBAS EN MATERIA PENAL. SU FALTA DE DESAHOGO NO CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LAS GARANTÍAS DEL PROCESADO CUANDO ÉSTE FUE QUIEN SE DESISTIÓ DE ELLAS. (VI.1o.P.166 P )
- PRUEBAS, FALTA DE ESTIMACION DE LAS, EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- PRUEBAS EN LA APELACION PENAL, FALTA DE RECEPCION DE. (s/clave)
- PRUEBAS, RENDICION DE LAS. (s/clave)
- PROCESO PENAL, NO SE VIOLAN GARANTIAS CUANDO SE REBASA EL TERMINO CONSTITUCIONAL PARA DICTAR SENTENCIA, SI ELLO OBEDECE A LA RECEPCION DE PRUEBAS OFRECIDAS POR PARTE DEL REO. (s/clave)
- PRUEBAS, RENDICIÓN DE LAS.- (384)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis