TESTIGOS EN MATERIA PENAL, RETRACTACION DE LOS.
No puede decirse que lo afirmado por un testigo, en cuanto pretendió retractarse del contenido de su declaración, pueda constituir un elemento de prueba que desvirtúe el indicio de cargo que se desprende del mismo, si no aparece en el proceso que se hubiera aportado alguna otra prueba para justificar racionalmente tal aserto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295043-f80a2c93/testigos-en-materia-penal-retractacion-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3875/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
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