REINCIDENCIA.
Para que pueda haber reincidencia, es necesario que el reo haya sido amonestado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295089-f749b65b/reincidencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5068/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 14 de octubre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Luis Chico Goerne.
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