ALEVOSIA, CALIFICATIVA DE.
Para que exista la alevosía se requiere un dolo especial, o sea que el sujeto activo del delito sea plenamente consciente de que en el caso se dan las circunstancias objetivas de la alevosía, o mejor dicho, de que el las ha buscado intencionalmente; es decir, que no puede establecerse que ha existido la alevosía, si no está probada la intención alevosa del Agente, la cual no debe presumirse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295155-d7c5c0d0/alevosia-calificativa-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4359/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 29 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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