DROGAS ENERVANTES, POSESION DELICTUOSA DE.
Aunque el imputado, de acuerdo con el certificado médico relativo, tenga el carácter de toxicómano, si la cantidad del enervante que poseía es de tal consideración que, dada su cuantía, lógicamente no puede admitirse que lo destinaba para su uso personal, no queda cubierta su conducta de acuerdo con el artículo 525 del Código de Procedimientos Penales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295244-1661af2a/drogas-enervantes-posesion-delictuosa-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1786/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 28 de noviembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
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