LEGITIMA DEFENSA.
En cuanto a la excluyente de legítima defensa que alega en su favor el acusado, no es posible darla por comprobada a través de la declaración o confesión, si emplea una frase muy general y vaga como es la de decir que sus oponentes se le echaron encima, pero sin precisar si estaban armados y si efectuaron ademanes o movimientos propios de una agresión, o simplemente ademanes que la hacían suponer.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295394-3f8f87c6/legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7969/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 21 de julio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G.Corona. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.
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