INSUBORDINACION, DELITO DE. (LEGISLACION MILITAR).
Dada la naturaleza del delito de insubordinación, no puede descartarse en la comisión del mismo la intencionalidad, ya que en la falta de respeto al superior va el deliberado propósito de incurrir en ella; naturalmente, siempre que exista entre los agentes pasivo y activo la relación de superior a inferior respectiva que el plano de la disciplina militar exige. Y si dados los vínculos de amistad que existían entre el hoy occiso y el acusado, estuvieron tomando bebidas embriagantes durante varias horas, conducta irregular que, además de relajar la disciplina militar, automáticamente descarta el principio de autoridad, por la tácita renuncia que del mismo hace el superior, es de estimarse que si el forcejeo entre el acusado y el superior, por la posesión de una arma culminó con el disparo que causó la muerte del superior, no se cometió un acto de insubordinación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295587-322c5a4c/insubordinacion-delito-de-legislacion-militar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- INSUBORDINACIÓN, DELITO DE (LEGISLACIÓN MILITAR).- (1584)
- INSUBORDINACIÓN CON VÍAS DE HECHO SIN LESIONAR AL SUPERIOR, DELITO DE. NO ES CULPOSO.- (1579)
- INSUBORDINACION CON VIAS DE HECHO SIN LESIONAR AL SUPERIOR, DELITO DE. NO ES CULPOSO. (s/clave)
- INSUBORDINACION, DELITO DE (LEGISLACION MILITAR). (s/clave)
- INSUBORDINACION, DELITO DE (ESTADO DE EBRIEDAD. LEGISLACION MILITAR). (s/clave)
- INSUBORDINACIÓN CON VÍAS DE HECHO CAUSANDO LA MUERTE DE UN SUPERIOR. EBRIEDAD.- (1576)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis