Corpus
Modo: Corpus Pro

INSUBORDINACION, DELITO DE (LEGISLACION MILITAR).

Clave: — · Registro digital (IUS): 296375 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXIX; Pág. 2630

Para que se verifique la insubordinación, es indispensable: a). Que los sujetos del delito tengan personalidad militar, b). Que la víctima del acto intencional sea superior jerárquico del infractor; c). Que en los momentos de la infracción el ofendido porte insignias correspondientes a su empleo, o que lo conozca o deba conocer el acusado; y d). Que por medio de palabras, ademanes, señas, gestos o de cualquier otra manera, falte al respeto y sujeción debidos a su superior.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296375-e9a6fbd3/insubordinacion-delito-de-legislacion-militar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 5140/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 25 de julio de 1953. Mayoría de tres votos. Disidente: Luis Chico Goerne. Relator: José Castro Estrada.

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