INSUBORDINACION.
Comete el delito de insubordinación, el militar o asimilado que, con palabras, ademanes, señas o gestos, o de cualquier otra manera, falte al respeto o sujeción debidos a un superior en categoría o mando, que porta sus insignias, o a quien conozca o deba conocer personalmente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288043-83df6d25/insubordinacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Chiu Francisco. 14 de julio de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Antonio Alcocer y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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