RIÑA.
En la comisión del delito no operó la modalidad de riña, si el ofendido fue ofendido cuando fue herido cuando se hallaba parado, sin participar en los hechos que se desarrollaban entre un tercero y el inculpado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295750-865990f1/rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4942/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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