RIÑA.
Si no se llegó a establecer una riña o contienda de obra entre acusado y ofendido, no puede aceptarse que el delito se cometió en riña.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301422-ce742d2a/rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3325/48. Alarcón Arredondo Luis. 7 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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