ROBO, DELITO DE.
El elemento esencial del tipo jurídico penal de robo, lo es el apoderamiento de cosa ajena con ánimo de apropiación, sin que se óbice y desvirtúe la responsabilidad en que incurre el agente, la circunstancia de que con antelación hubiera tenido el carácter de copropietario del objeto materia de la acción criminosa, si está acreditada la circunstancia de que se había perfeccionado el contrato de compraventa mediante el cual enajenó su parte, por se manifiesto el consentimiento de los contratantes respecto de la cosa y su precio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295825-2d5bfbeb/robo-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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