COACUSADO, VALOR DE SU DICHO.
La autoridad responsable correctamente apoya en las confesiones de los acusados, si aunque con contradicciones respecto de los detalles, ambos aceptan su intervención en los hechos y, sin eludir su propia responsabilidad, se imputaron, respectivamente, la participación del caso en los delitos de que se trata.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295966-f3d96618/coacusado-valor-de-su-dicho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1815/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 24 de junio de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Mercado Alarcón y Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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