RIÑA Y LEGITIMA DEFENSA.
La riña con la excluyente de incriminación de defensa ilegítima, dado que en esta la objetividad de la violencia, por parte del que se defiende, no es agresión, en tanto que en aquélla la conducta de los contendientes es igualmente antijurídica y, por lo tanto, punible.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296198-2d881790/rina-y-legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 6950/48. 19 de noviembre de 1954. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
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