CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA) .
Debe negarse la condena condicional, si no se acreditó en autos la buena conducta anterior del sentenciado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296407-8c6838d9/condena-condicional-buena-conducta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1623/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de agosto de 1953. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis Chico Goerne y Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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