RAPTO, DELITO DE.
El delito de rapto requiere, para su configuración, el apoderamiento de una mujer y que ésta sea por medio de la violencia física o moral, del engaño o la seducción, teniendo como fin primordial la satisfacción de un deseo erótico sexual o el matrimonio, siendo elemento intrínseco del tipo antijurídico el apoderamiento de la mujer y el cual no debe ser momentáneo, sino por un lapso suficiente para substraer completamente a la raptada del medio ambiente familiar en que vive, teniendo como objeto la realización de los indicados actos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296422-86053433/rapto-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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