RAPTO, DELITO DE.
El delito de rapto requiere para su configuración el apoderamiento de una mujer, y que éste sea por medio de la violencia física o moral, del engaño o seducción, teniendo como fin primordial la satisfacción de un deseo erótico sexual o el matrimonio, siendo el elemento intrínseco de ese acto ilícito, el apoderamiento de la mujer, el cual no debe ser momentáneo, sino por un lapso suficiente para sustraer completamente a la raptada del medio ambiente familiar en que vive, teniendo como objeto la realización de los indicados hechos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297230-9e0e638b/rapto-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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