LEGITIMA DEFENSA (FUGA DEL ACUSADO).
Es motivo para presumir la culpabilidad del acusado, el que se haya substraído por algún tiempo a la acción de la justicia y no se hubiera presentado a las autoridades para demostrar, con los medios pertinentes, que había obrado en legítima defensa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296570-f9f02e05/legitima-defensa-fuga-del-acusado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 6269/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 17 de febrero de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis Chico Goerne.
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