DROGAS ENERVANTES, SUMINISTRO DELICTUOSO DE.
Para que se integre el delito contra la salud, consistente en suministro de enervantes, no es indispensable que el suministrador persiga lucro como objetivo, pues tal suministro puede ser gratuito, según aparece del texto de las fracciones I y II del artículo 194 del Código Penal Federal; y aun cuando el propio inculpado sea adicto al uso de la droga de que se trata, ello no lo excluye de la responsabilidad inherente, si incurre en una de las modalidades del delito de que se trata.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296806-ddbac9ed/drogas-enervantes-suministro-delictuoso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 230/49. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 29 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
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