ADULTERIO, DELITO DE.
Si el reo admite haberse separado del hogar conyugal y vivir con su coacusada, a título de huésped, lo que también admite ésta, ello constituye el elemento de escándalo requerido como integrante del adulterio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296859-f4e6b085/adulterio-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 9062/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 11 de mayo de 1953. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Disidente: Luis G. Corona. Ponente: José Castro Estrada.
Quinta Epoca:
Tomo C XVII, página 1716. Indice Alfabético. Amparo directo 9029/50. Hipólito Josefa. 11 de mayo de 1953. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Disidente: Luis G. Corona. Ponente: José Castro Estrada.
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