Corpus
Modo: Corpus Pro

APELACION PENAL, PRUEBAS EN LA (LEGISLACION DE TABASCO).

Clave: — · Registro digital (IUS): 297042 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 772

Siendo de suma importancia una prueba para el señalamiento de la pena aplicable al acusado y habiéndose planteado su recepción, si bien en forma no expresa, de acuerdo con las facultades que al tribunal de alzada le concede el Código de Procedimientos Penales, debió abrirse un término de prueba para el efecto de que fuera recibida la que se menciona, y si no lo hizo así, es evidente que violó en perjuicio del acusado, la garantía, de la fracción V del artículo 20 constitucional.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297042-3a1c13f5/apelacion-penal-pruebas-en-la-legislacion-de-tabasco · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 6574/48. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 5 de marzo de 1951. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. Relator: Luis Chico Goerne.

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