APELACION PENAL, PRUEBAS APRECIACION DE LAS, EN LA.
Aunque el tribunal de alzada haya sostenido en forma escueta que cierta prueba a que se refiere la defensa, es visiblemente parcial y carece de fe, por lo que no debe ser tomada en consideración, su actitud no viola garantías del reo, si esto lo hizo al analizar los agravios de la defensa, en relación al punto relativo del fallo de primera instancia, aprobando lo asentado al respecto por el Juez, quien con toda amplitud y atingencia, y haciendo uso de la facultad que le confiere la ley, negó todo valor probatorio a esa prueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301830-f6708cc7/apelacion-penal-pruebas-apreciacion-de-las-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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