APELACION, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR EL TRIBUNAL DE.
Si el Juez de primera instancia, al hacer estimación de las pruebas rendidas, violó las normas legales que las disciplinan, el tribunal de alzada puede sustituirse en esa apreciación, invirtiendo las conclusiones, si da razones lógicamente suficientes para que se tenga como jurídica esa sustitución de árbitro. Así, bien en principio es el Juez a quo, quien por estar en contacto directo con los testigos y con los confesantes, puede hacer una estimación mejor sobre la veracidad de sus respuestas; sin embargo, debe preferirse la calificación que de esas pruebas haya hecho el tribunal de apelación, contrariando las conclusiones del Juez a quo, cuando concurren las circunstancias del caso a que antes se hizo alusión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/352051-5efabb92/apelacion-apreciacion-de-las-pruebas-por-el-tribunal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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