RESPONSABILIDAD PENAL.
Como autor, lo mismo que como participante, sólo es punible el que ha puesto con su acción la causa decisiva de la producción del resultado; la cocausación del resultado es el fundamento imprescindible de toda responsabilidad jurídica penal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297112-ac8a280d/responsabilidad-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5120/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 30 de abril de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Teófilo Olea Leyva.
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