VIOLACION, DELITO DE.
Para las exigencias jurídicas de integración del elemento "cópula" a que alude el precepto que establece el tipo de la infracción penal, es suficiente la prueba de que hubo acceso carnal para que la violación quede consumada, independientemente de sus resultados o de que el ayuntamiento no se haya agotado o no tenga perfección fisiológica.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297294-8f9d3cf2/violacion-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 8443/48. Espitia Partida David y coaga. 23 de octubre de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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