LESIONES, CLASIFICACION DE LAS.
El tipo de las lesiones tutela el bien jurídico "integridad corporal", y la penalidad agravada para las que producen deformidad incorregible estuvo correctamente aplicada, si la producida, aun de remediarse, lo sería no por obra de la propia naturaleza sino por intervención extraña, como la cirugía plástica, por lo que en el supuesto de admitir la posibilidad de corrección en tales circunstancias, la lesión al bien jurídico se habría dado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297392-7074b9fc/lesiones-clasificacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 8520/49. García Carmen. 31 de julio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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