ROBO, DELITO DE.
El delito de robo consiste en el apoderamiento de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que pueda disponer de ella con arreglo a la ley, y si el apoderamiento se verificó en tales condiciones, no vale invocar la falta de "animus" como elemento del delito, por no ser elemento esencial establecido por la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297413-246f71a4/robo-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 6290/51. Barajas Estela Ignacio. 13 de agosto de 1952. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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