CONDENA CONDICIONAL.
El beneficio de la condena condicional indebidamente le fue negado al quejoso, aunque de su ficha signalética y del informe de la penitenciaría, aparezcan antecedentes penales suyos, si éstos no se han comprobado de manera indubitable mediante informe de sentencia ejecutoria de la autoridad judicial que hubiere conocido de los procesos correspondientes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297504-dc6ba7f3/condena-condicional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3432/51. Magaña Castillo Bernardo. 11 de julio de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juan José González Bustamante. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- CONDENA CONDICIONAL. (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL, DEBE FUNDARSE SU NEGATIVA O CONCESION. (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL. (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (DELINCUENTES PRIMARIOS). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL. SENTENCIAS ANTERIORES. (399)
- CONDENA CONDICIONAL. SENTENCIAS ANTERIORES. (99)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis