ASALTO, DELITO DE.
El cuerpo del delito de asalto, quedó justificado, al tenor del artículo 122 del Código de Procedimientos Penales, por sus propios elementos al justificarse que los procesados con el fin de obtener un lucro, ejercieron violencia sobre el ofendido, en unas calles que eran un lugar solitario a la hora primera del día de los hechos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297517-edc07149/asalto-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 883/51. Dávila Luna J. Jesús. 2 de abril de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis De la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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