ROBO, DELITO DE.
Sometiendo a un estudio crítico la definición genérica del delito de robo, se puede establecer que el apoderamiento en nuestro derecho represivo es la acción consumativa de la infracción y la constitutiva típica que permite diferenciarlo de los otros delitos; por tanto si apoderarse es desposeer a otro de la cosa tomándola para sí, privarle de ella, claro está que la mecánica de la acción implica cierta movilización del objeto, por mínima que sea.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297810-107f2a82/robo-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 78/42. Aguilar Ramírez Apolonio. 8 de febrero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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