PRUEBA PRESUNTIVA, APRECIACION DE LA.
La apreciación de la prueba presuntiva, como en general la de todas las pruebas, queda a cargo del Juez natural, con la sola salvedad de que esa apreciación del Juez natural no viole las reglas que regulan las diferentes pruebas, o bien, siempre que no se alteren los hechos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297883-3e197d0e/prueba-presuntiva-apreciacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 9258/50. Jesús Santiago de. 9 de enero de 1952. Mayoría de tres votos. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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