PRUEBA PERICIAL EN MATERIA PENAL.
El perito tiene categoría de un testigo selecto llamado a opinar sobre el objeto de la prueba y, la prueba pericial que ha cobrado importancia relevante en el derecho moderno, no implica que el juzgador tenga que someterse ineludiblemente a ello, si, como dice Mittermaier, pugna con las otras pruebas que obran en el proceso; pero si el dictamen técnico de los médicos legistas lo corroboran otros elementos de prueba, en que basó su juicio la responsable, es evidente que la aceptación del citado dictamen por la responsable, es correcta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298257-86034b63/prueba-pericial-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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