PRUEBA PERICIAL EN MATERIA PENAL, APRECIACION DE LA.
Si los peritos están capacitados, por razón de su ocupación y funciones, para dictaminar sobre la materia sometida a su consideración, el valor lógico y jurídico dado a su dictamen por el sentenciador, dentro de sus facultades legales, no puede considerarse violatorio de las leyes reguladoras de la prueba; tanto más, si en el caso se tuvieron en cuenta también las circunstancias exteriores de ejecución del hecho delictuoso y las peculiares del reo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/306667-f8de5dec/prueba-pericial-en-materia-penal-apreciacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1341/40. Saavedra Méndez Luis. 25 de abril de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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