PRUEBA PERICIAL EN MATERIA PENAL, APRECIACION DE LA.
La autoridad represiva no está obligada a admitir como verdad legal los dictámenes periciales, porque los Tribunales son los encargados de juzgar, y no los peritos, cuyos conocimientos técnicos sobre una ciencia o arte se obtienen para ilustrar al Juez, quien puede calificar el valor legal del juicio pericial, teniendo en cuenta las constancias de autos, el estudio contenido en esos dictámenes, las fuentes que les sirvieron y, en general, cuanto tenga relación con el conocimiento de la verdad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294608-14b66685/prueba-pericial-en-materia-penal-apreciacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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