PRUEBA PRESUNTIVA EN MATERIA PENAL.
La prueba de presunciones tiene un carácter directo en cuando se apoya en la apreciación de otras pruebas, y está constituido por un juicio lógico que se desprende del indicio o signo, en cuanto emerge de una pieza de convicción, de un testimonio, de una confesión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298308-489da34f/prueba-presuntiva-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7844/48. Alcántara Andrés. 3 de diciembre de 1951. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis G. Corona. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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