LEGITIMA DEFENSA.
Si el occiso dejó de agredir al quejoso y no pudo volver a hacerlo, por haber sido muerto inmediatamente, aquel no repelió una agresión actual, violenta y sin derecho, de la cual pudiera resultar un peligro inminente, si, además, confiesa dicho quejoso que los ofendidos no traían arma.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298403-d454e34f/legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 9525/49. Peña Moreno Fernando y coag. 25 de julio de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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