LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
No aparece, en forma alguna, la existencia de una contienda de obra constitutiva de riña, entre el acusado y el ofendido, por el simple hecho de que este, al advertir el ataque de su agresor, haya reaccionado en una simple acción defensista que no puede considerarse, ni con mucho, como la contención que requiere la modificativa invocada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298653-ffecf4c4/legitima-defensa-y-rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 489/51. Valenzuela Rodríguez Leonardo. 12 de mayo de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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