LIBERTAD CAUCIONAL, FIANZA PARA LA.
Aunque el acusado haya hecho pagos parciales para reparar el daño causado, el artículo 20 constitucional no establece, ninguna excepción al respecto y, por ende, no limita en tales casos, el monto de la fianza que la autoridad debe señalar.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298727-3468a4b0/libertad-caucional-fianza-para-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 7227/50. Cardoso Castillo Juan. 21 de abril de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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