LEGITIMA DEFENSA DEL HONOR (INJURIAS).
Los delitos de lesiones y homicidio fueron cometidos en riña, teniendo el reo carácter de provocado, pues si las ofendidas le dirigieron expresiones que no deben considerarse sino como una procaz injuria, que no ameritaba repelerse en la forma en que lo hizo, no se puede estimar que haya legítima defensa del honor ni exceso en legítima defensa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/298833-9ee4f1f8/legitima-defensa-del-honor-injurias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1206/48. Ramírez Rodríguez Rubén. 22 de junio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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