LEGITIMA DEFENSA DEL HONOR.
No existe legítima defensa del honor por el hecho de que el occiso haya injuriado al acusado con frases y hechos que pueden considerarse injuriosos y provocativos, si en ninguna forma originaron un ataque al honor de dicho acusado y si los referidos hechos y palabras del occiso, no pueden considerarse constitutivos de un mal inminente y de tal naturaleza grave, que no le dejara al heridor más defensa que la muerte de su víctima, no siendo racional en tales condiciones, el empleo de este medio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/301487-195f487e/legitima-defensa-del-honor · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4537/47. Peña Moreno Bruno. 27 de octubre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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