RIÑA, PROVOCADO EN LA (LEGITIMA DEFENSA).
Si el occiso provocó al quejoso, apuntándole o disparándole al verlo pasar, y en aquel momento y desde aquel lugar hubiese el quejoso sacado la pistola y contestado la agresión, estaría en lo justo al afirmar que disparó en legítima defensa; pero si aprovechó el que su agresor fue contenido para quitarse de su vista, y luego furtivamente fue a donde estaba su enemigo y disparó sobre él antes que él disparara nuevamente, se transformó de agredido en agresor, y así el disparo del ofendido sobre él, sólo viene a constituir la provocación que fue seguida de la riña aceptada por el provocado, con el hecho de acudir, sin estar siendo atacado en esos momentos, y aun de manera furtiva, a donde su rival se encontraba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299126-e10487da/rina-provocado-en-la-legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- RIÑA. EXCLUYE LA LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis