COACUSADO, RETRACTACION DEL.
La declaración del coacusado implica prueba en contra del quejoso, si el coacusado, al rendirla, no trató de exonerarse de responsabilidad haciéndola recaer sobre aquél, y si la retractación procedente del coacusado, resulta ilógica y carente de fe no quita valor a su anterior dicho.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299135-dc10eb78/coacusado-retractacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2705/48. Reynoso López Alberto. 24 de agosto de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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